En las subastas celebradas en el Portal de Subastas del BOE la regla general es que los depósitos se devuelvan en un plazo de 24 horas una vez finalizada la celebración de la subasta. Sin embargo, la situación cambia en caso de que hayas hecho reserva de postura y no hayas resultado adjudicatario.
En este último caso, es posible que tu depósito permanezca retenido bastante tiempo si se produce algún retraso en el pago por parte del adjudicatario, o bien si se produce un impago y la adjudicación pasa al siguiente mejor postor.
Es importante tener en cuenta que la normativa vigente no prevé que el postor que haya reservado postura pueda renunciar a ella y solicitar la devolución de su depósito. Deberás esperar a que finalice el trámite de pago del resto del precio por el mejor postor para recuperar tu dinero. En caso de que el mejor postor no pague y seas el siguiente adjudicatario, si tampoco pagas en plazo, perderás tu depósito.
Además, la Autoridad Gestora puede suspender la subasta por un periodo determinado y, en estos casos, si pujaste con reserva de postura, tampoco podrás recuperar tu dinero durante ese tiempo: todos los depósitos serán retenidos para la reanudación de la subasta. Por tanto, hazlo solo cuando puedas permitirte prescindir de esa liquidez durante un periodo prolongado de tiempo.
Si tu caso no es ninguno de los anteriores, lo mejor que puedes hacer es contactar con la autoridad gestora y averiguar por qué no se ha devuelto tu depósito.
Por otro lado, es importante tener en cuenta que la situación cambia a partir del 3 de abril de 2025 con la entrada en vigor de una reforma legislativa que afecta a las subastas. Entre otros puntos, la reforma agiliza la devolución de depósitos.
La propia Ley recuerda que, con la regulación actual, el trámite de devolución de los depósitos “puede prolongarse mientras haya sucesivos impagos y otros postores con reserva, cuyos precios serían, a su vez, mucho más bajos”. Por eso la reforma se centra en poner coto a esos sucesivos impagos, ya que "se considera mejor para los fines de la ejecución dar la posibilidad a los postores de volver a pujar por precios más altos en una nueva subasta”, evitando posibles quiebras.
Con esta finalidad, se fija que, en caso de impago del precio por el primer postor, solo va a tener efecto la reserva del siguiente postor y, “si el segundo postor tampoco pagara el precio ofrecido ya no se tendrían en cuenta las siguientes posturas y habría de procederse inmediatamente a la celebración de nueva subasta.”
Por otro lado, la suspensión de la subasta por un periodo superior a 15 días naturales llevará consigo su cancelación, con devolución de los depósitos a los postores, retrotrayendo la situación al momento inmediatamente anterior a la publicación del anuncio. Si la suspensión no superara los 15 días naturales, quedará paralizada la celebración de la subasta, que se reanudará por el tiempo que reste para su conclusión.
La reforma tiene muy en cuenta que, dado que la reserva implica la retención del depósito del postor hasta el pago del precio, "toda demora en su devolución desanima a realizar nuevas reservas.” “Puede haber muchos postores interesados en adquirir el bien, pero que no reserven postura, por lo que su puja no será tenida en cuenta ante la falta de pago del primer postor, pudiendo adjudicarse el bien a otro por debajo del precio que ofrecieron. Esto ha de evitarse si se pretende obtener el mejor precio en la subasta”, asegura el texto.
En cualquier caso, ten en cuenta que AlertaSubastas es un servicio de localización y alertas de subastas públicas y que nosotros no celebramos ni gestionamos las subastas. Por lo tanto, no podemos hacer nada al respecto.