En las subastas realizadas en el Portal de Subastas del BOE, el depósito se hace en el apartado ‘Pujas’ de la subasta mediante transferencia bancaria.
Su cuantía suele consistir en un porcentaje sobre el valor que se haya dado al bien o lote de bienes, y este porcentaje puede variar en función del procedimiento de origen. Normalmente este importe asciende al 5 % del valor del bien subastado.
Es necesario que indiques los datos bancarios de la cuenta en la que se materializará el depósito. Tendrás una casilla disponible en caso de que el titular de la cuenta sea una sociedad y tú estés autorizado para pujar utilizándola.
Además, los datos de tu depósito deberán quedar claros: tu NIF, tu nombre, el importe y el código IBAN de la cuenta que vayas a utilizar serán los datos necesarios para poder constituir tu depósito. El código IBAN deberá corresponder a una de las entidades bancarias colaboradoras con el portal de subastas del BOE.
Aquí tienes el listado de entidades bancarias autorizadas por el Portal de Subastas del BOE.
El depósito se constituirá normalmente a favor del Tesoro Público, en la cuenta de depósitos de la Agencia Tributaria, con fecha del día en que la realices y por la cantidad indicada en el campo importe, si bien es posible que tu entidad bancaria te cobre alguna comisión por este tipo de operación.
Es importante que tengas claro que la cantidad consignada quedará indisponible para ti o para el tercero el nombre del cual actúes, o bien para la sociedad de gananciales en cuyo nombre participes.
En este enlace tienes más información sobre cómo funciona el procedimiento de puja, paso a paso.
En cuanto a las subastas de la Seguridad Social, una gran diferencia con respecto a la subastas celebradas en el Portal del BOE es que el depósito para poder pujar asciende, al 25 % del valor de enajenación si pujamos en sobre cerrado antes de la fecha de celebración de la subasta. Si pujamos a viva voz en el acto de la subasta, este porcentaje sube aun más, hasta el 30 %.
En la mayoría de las subastas públicas que se celebran en el Portal de Subastas del BOE, este porcentaje es de solo el 5 % del valor del bien. Además, en las subastas de la Seguridad Social el importe se debe aportar mediante cheque bancario a nombre de la Tesorería de la Seguridad Social.
Aquí encontrarás más información sobre cómo participar en la subastas de la Seguridad Social.