Por norma general, en las subastas celebradas en el Portal de Subastas el BOE puedes no pujar y, cuando finalice la subasta, te devolverán el importe del depósito.
Sin embargo, las subastas de la Seguridad Social funcionan de forma distinta: si presentas el cheque bancario con el importe del depósito y no presentas tu oferta con sobre cerrado, estarás aceptando que pujas por el 75 % del tipo de enajenación.
Debes tener en cuenta que, en caso de que consignes la cantidad exigida, pujes y resultes adjudicatario (ya sea en primera instancia o por haber hecho reserva de postura), si no pagas el resto del precio, perderás tu depósito.
Además, es posible que se te reclamen daños y perjuicios, o incluso que se te fuerce a formalizar la compra. Por eso es muy importante estudiar con detalle las condiciones de cada subasta.