Depende, si no hay puja mínima ni tramos entre pujas, puedes empezar a pujar a partir de 1 €.
Pero, aunque pujes por un 1 € y ganes la subasta, no significa que te adjudiques el bien.
Cada organismo tiene su normativa. Si tu puja no llega a cierto porcentaje del valor de subasta, tanto el acreedor como el embargado tienen opción a adjudicarse el bien. Si tu puja es muy baja y no cubre unos mínimos, la autoridad gestora puede declarar la subasta desierta.
Las subastas de la Seguridad Social, por ejemplo, empiezan a partir del 75% del tipo de enajenación.