Cuando se celebra una subasta de cualquier tipo (con contadas excepciones, como las subastas por división de cosa común enlace) el objetivo es conseguir liquidez a través de la venta de uno o varios bienes pertenecientes al deudor con el fin de saldar, gracias al dinero obtenido de la venta, la deuda pendiente de éste con respecto a un acreedor o varios.
Por tanto, el acreedor es la figura a la que se le debe una cantidad de dinero determinada, y es la parte que inicia el procedimiento correspondiente para hacer valer sus derechos.
El acreedor puede ser una persona física o una persona jurídica (por ejemplo, una empresa o un banco).
Además, existen distintos caminos o procedimientos legales a los que puede acudir un acreedor para cobrar su crédito: elegir uno u otro dependerá de la relación existente entre deudor y acreedor.
Por ejemplo, en los casos de deuda hipotecaria de un particular con un banco, la entidad bancaria deberá acudir al procedimiento de ejecución hipotecaria, que cuenta con sus propias reglas específicas. Hacienda o la Seguridad Social, en calidad de administraciones públicas, cuentan con sus propios procedimientos separados, cada uno con requisitos y pautas distintas.
Ten en cuenta también que existen reglas distintas en función de si lo que se subasta es un bien mueble o inmueble, siendo la normativa más estricta y garantista en el segundo caso.
En nuestro blog encontrarás información detallada y específica sobre cada uno de estos procedimientos y sus reglas concretas: desde el procedimiento de apremio hasta el de ejecución hipotecaria, pasando por las subastas de Hacienda, las notariales o las relacionadas con un concurso de acreedores.