La puja mínima en una subasta es el importe mínimo por el que debes pujar para adquirir un bien determinado. En ocasiones no existe: cuando no hay puja mínima, puedes empezar a pujar a partir de un euro, de forma que, si no existen más pujas o si nadie la supera, podrás adquirir el bien por esta cantidad. Normalmente, esto último ocurre en las subastas privadas: las subastas que se celebran en el Portal de Subastas del BOE siempre cuentan con un valor de salida que determina en qué cifras se moverá este proceso.
Cada subasta celebrada en el Portal del BOE tiene sus propias reglas (que podrás consultar en el edicto de la subasta), pero lo habitual es que, para adquirir un bien en subasta pública, debas pujar, como mínimo, por el 70 % del valor de subasta en el caso de los bienes inmuebles y el 50 % en el caso de los bienes muebles.
En determinados casos (especialmente cuando no hay demasiados postores o las pujas son bajas) es posible quedarse con el bien por un porcentaje inferior, siempre con determinados límites, que suelen fijarse en cubrir el 50% de la valoración en inmuebles (30% en muebles) o cubrir la cantidad reclamada más intereses y costas. Además, en estos casos, el acreedor que solicita el embargo puede tener derecho a adquirir el bien de forma preferente.
Te recomendamos consultar la normativa específica para cada tipo de subasta pública en España.
Ten en cuenta que la ley permite que empieces a pujar por la cantidad que quieras si no existe una puja mínima, pero si ofreces un precio demasiado bajo, la autoridad gestora puede decidir no aprobar la venta del bien.
En cuanto a cuál es la cuantía de la puja mínima en una subasta, no existe una respuesta única para esta pregunta, ya que la puja mínima en una subasta es el importe mínimo por el que debes pujar para hacerte con el bien subastado y cada subasta define la cuantía concreta por la que se valora el bien, teniendo en cuenta las cargas que pesan sobre él, que suelen descontarse del precio.